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La Dirección General de Tributos ha terminado con el golpe fiscal en la compra de viviendas con subrogación hipotecaria.

La DGT termina con las dudas y confirma que la asunción de la deuda hipotecaria por el comprador no genera un nuevo pago del Impuesto sobre AJD. En concreto, aclara en una consulta vinculante que la subrogación del deudor hipotecario que se produce en el contexto de una compraventa de un inmueble no está sujeta a la cuota gradual de la modalidad de AJD del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Tal y como concluye Tributos, "dicha subrogación no produce una inscripción distinta de la que origina la propia transmisión del inmueble" y ello "porque se entiende que la única operación inscribible es el cambio de titularidad el bien transmitido que garantiza la hipoteca", dado que "no se vería afectada la hipoteca en sí misma considerada, ya que permanece inalterada".

Data publicación: 20/05/2025

El TS rechaza que la AEAT limite a los caseros la deducción del 60% que se aplican en el IRPF sobre las ganancias obtenidas por el alquiler de vivienda en las declaraciones anteriores a julio de 2021.

El alto tribunal fija doctrina y aclara que la aplicación de la reducción del 60% sobre las ganancias netas por el arrendamiento de viviendas se aplica, en el caso de comprobación por parte de la AEAT, al total del importe regularizado por el fisco, y no solo a la cantidad inicialmente fijada por el casero en la declaración. La AEAT, representada por la Abogacía del Estado, defendía ante el Supremo que podía extender los efectos de la Ley de 2021, a los casos previos a ese ejercicio. El Supremo tumba el argumento dado por Hacienda sobre que la Ley de 2021 se podía extender a ejercicios anteriores e indica que los preámbulos de una norma explican la intención que tiene el legislador al aprobar una ley, pero que "carecen de valor normativo directo para regular relaciones y situaciones jurídicas".

Data publicación: 15/05/2025

El Gobierno quiere estudiar una armonización del Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones, estableciendo un tipo mínimo común para todas las CCAA.

Este anuncio ha desatado un debate especialmente sensible en aquellos territorios, como la Región de Murcia, donde actualmente se aplica una bonificación del 99% para familiares directos. La medida, aún en fase de estudio, pretende reducir las grandes disparidades entre territorios. Al margen de la posición política, también desde el ámbito jurídico hay voces que advierten de los problemas del sistema actual, que consideran que el desequilibrio entre comunidades “es excesivo” y que no puede justificarse desde el principio de equidad. “La existencia de 19 regímenes distintos genera confusión y desconfianza. La seguridad jurídica se ve claramente afectada”, advierten los expertos.

Data publicación: 13/05/2025

Los abogados instan a los interinos con contratos abusivos a reclamar una indemnización antes del 13 de junio.

El TJUE, en su sentencia del 13 de junio de 2024, determinó que la indemnización que fija la Ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público es inadecuada porque solo compensa a aquellos interinos que no superaron las pruebas para lograr plaza fija. "A diferencia de lo que muchos trabajadores públicos creen, el hecho de haber superado un proceso selectivo no extingue la posibilidad de reclamar una indemnización por el abuso de temporalidad previo. La sentencia europea no impone límites temporales respecto a cuándo se consolidó la plaza, por lo que el plazo de prescripción de un año comenzaría a contar desde la fecha de la sentencia: junio de 2024”, dicen los expertos. "Esto significa que el próximo 13 de junio de 2025 expira la posibilidad de reclamar para quienes aún no hayan interrumpido el plazo con una reclamación previa", añaden.

Data publicación: 08/05/2025

El TS se pronuncia sobre la prohibición de compensar deudas una vez declarado el concurso

El TS se pronuncia sobre la prohibición de compensar deudas una vez declarado el concurso: no se aplica a las cantidades posteriores a la declaración de concurso que surgen de un contrato de tracto sucesivo. El magistrado ponente argumenta que en estos casos no se trata de una "compensación" propiamente dicha en el sentido del artículo 58 de la LC, sino de un "mecanismo de liquidación de créditos y deudas surgidas de una misma relación contractual", que no está afectado por dicha prohibición. Este mecanismo de liquidación contractual no se ve afectado por la prohibición del artículo 58 de la LC, incluso si el contrato no se ha resuelto formalmente, especialmente en contratos de tracto sucesivo, donde las obligaciones reclamadas corresponden al mismo periodo de tiempo.

Data publicación: 06/05/2025

El TJUE salva a la banca y cierra la puerta a las devoluciones de la comisión de apertura de las hipotecas.

El tribunal, en dos sentencias de este miércoles, se ha mostrado más claro que nunca respecto a esta comisión y señala que la cláusula es transparente y, por tanto, no abusiva, aunque las entidades no desglosen en los contratos a qué servicios corresponde el pago, el detalle de la facturación o el coste por horas. Para la justicia europea, da igual que la comisión se calcule mediante un precio fijo o mediante un porcentaje sobre el crédito concedido, siempre que su importe no es desproporcionado frente al precio medio al que se comercializa esta comisión por el resto de entidades que reflejan las estadísticas bancarias.

Data publicación: 02/05/2025

La donación que hace una persona antes de fallecer a uno o varios de sus herederos cuenta como parte de la herencia.

Así lo determina el TS en una sentencia en la que recuerda que el testador no puede disponer a su antojo del reparto de la herencia ya que la ley guarda una parte a los herederos forzosos. Por tanto, en el caso del litigio, concluye los bienes donados deben integrarse en el cómputo de la herencia para, "de esta manera, determinar la parte proporcional que le corresponde como heredero forzoso de su abuela para ejercitar, en su caso, las acciones correspondientes de protección de su derecho". En el caso de que se le dé una parte inferior de la herencia a la que le corresponde, el heredero tendrá derecho a pedir un complemento con independencia de la cuantía de la lesión.

Data publicación: 29/04/2025

El TS resolverá si los administradores de una sociedad mantienen la responsabilidad tributaria después de ser cesados en el cargo

Ha admitido a trámite un recurso de casación en el que decidirá sobre esta cuestión. En un primer momento, el TSJ de Canarias dio la razón al administrador, señalando que no procede la declaración de responsabilidad, pues este interpuso los recursos correspondientes cuando ejercía su cargo, y por tanto no se le pueden imputar incumplimientos producidos posteriormente a su cese. Después de llegar al Alto Tribunal, los jueces consideran conveniente pronunciarse sobre la aplicación del art. 43.1.a) LGT, para establecer si puede quedar exonerado de su responsabilidad el administrador de una sociedad que interpone recursos frente a liquidaciones y sanciones, si las resoluciones se dictan con posterioridad a su cese.

Data publicación: 24/04/2025
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