. La DGT aclara que cuando se condena a una entidad financiera a devolver al consumidor los importes que ha pagado de más, si esas cantidades han formado parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual, "se perdería el derecho a practicar la deducción en relación con las mismas, lo que obliga a regularizar tal situación tributaria". Aunque los ejercicios en los que se practicó la deducción por inversión en la adquisición de vivienda habitual pudieran estar prescritos, "no lo está la obligación de regularizar el importe de las deducciones indebidamente practicadas, porque dicha obligación surge en el periodo impositivo en que se incumplen los requisitos que dieron derecho a la deducción". Por otro lado, la subrogación o novación de la hipoteca no acaba con el derecho a deducción en el IRPF.